PREMIOS WOMENCEO
Estos premios son convocados por la Asociación WomenCeo, y están dirigidos a premiar las actuaciones que correspondan para reconocer a aquellas empresas, entidades y personas que estén integrando el liderazgo femenino desde la perspectiva de Buen Gobierno Corporativo desde la diversidad para la generación de valor.
1.- OBJETIVO
Estos Premios buscan distinguir las mejores prácticas de Buen Gobierno Corporativo desde la diversidad como parte fundamental de la representación paritaria de hombres y mujeres en los órganos de gobierno.
La Constitución Española reconoce dicho principio en el artículo 14, al proclamar que todos los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Igualmente, el Objetivo de Desarrollo Sostenible 5 de la Agenda 2030 incluye entre sus metas la de asegurar “la participación plena y efectiva de las mujeres y la igualdad de oportunidades de liderazgo a todos los niveles decisorios en la vida política, económica y pública” (Objetivo 5.5).
A través de estos premios se persigue ayudar a las empresas, instituciones y personas para que dispongan de referencias de buen gobierno, profundizando en el conocimiento de las mejores prácticas y ayudando de esta manera a su implantación en España.
2.- CANDIDATURAS
Las candidaturas serán recabadas por el Jurado del siguiente modo:
2.1) Realizando su propia búsqueda de posibles candidatos — y recabando, si es necesario, la colaboración de estos — o encomendando una selección a terceros o mediante una combinación de ambas.
2.2) Dirigiéndose a empresas, instituciones y personas físicas e invitándoles a que presenten candidaturas que reúnan los requisitos de la convocatoria o que faciliten información que pueda resultar útil para avalar candidaturas.
2.3) Igualmente, cualquier persona que cumpla con lo establecido en estas Bases y, en particular en los apartados a y b, podrá presentar su propia candidatura.
2.4) Los miembros del jurado pueden proponer candidaturas, con el previo conocimiento y aceptación de la empresa/ institución y candidata/o.
2.5) El plazo de selección y análisis de candidaturas se abrirá a las 09:00 horas del 1 de septiembre de 2024 y terminará a las 18 :00 horas del 30 de Octubre de 2024. Entre todas las candidaturas recabadas se realizará una selección previa de aquellas que reúnan los requisitos exigidos.
2.6) Las candidaturas se remitirán a presidencia@womenceo.es o bien a través de la página web www.womenceo.es.
3.- CATEGORIAS
- Empresa Cotizada
- Empresa no cotizada
- Empresa Familiar
- Pyme
- Persona que más haya apoyado la Diversidad dentro del BGC.
- Organismo o institución que más haya velado por la inclusión del liderazgo femenino o que haya tenido repercusión en el mismo.
4.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
4.1 La documentación que deben incluir las propuestas de candidatos que cumplan los requisitos es la siguiente:
-
- Propuesta formal, conteniendo los méritos que avalan la candidatura.
- En el caso de personas físicas, además, el curriculum vitae del candidato.
- En el caso de candidaturas presentadas por terceros, deberá haberse recabado el consentimiento del candidato.
Puede acompañarse cualquier otra documentación que se estime conveniente por los proponentes.
4.2 La documentación que se incluya en las propuestas de candidatos podrá facilitarse en formato de texto o mediante una presentación (presentación tipo “PowerPoint”).
5.- VALORACIÓN DE LAS CANDIDATURAS
5.1 Seleccionadas las candidaturas, Jurado prestará atención a los aspectos relacionados con la matriz de competencias del consejo de administración, así como del comité de dirección y la evaluación y selección de sus miembros, como elementos fundamentales para asegurar su diversidad y liderazgo femenino, teniendo también en cuenta su influencia respecto a terceros y si puede resultar un modelo de referencia.
5.2 Además el Jurado prestará atención a los aspectos relacionados con la promoción del liderazgo femenino desde los distintos ángulos.
6.- JURADO
6.1. El Jurado estará compuesto por un máximo de 12 personas. Representantes de la Junta Directiva de WomenCeo, representantes del Consejo Asesor, representantes de Colaboradores, así como de miembros de la asociación y cualquier persona que la Asociación considere oportuna dada su relevancia.
6.2 El Jurado es independiente en su función, decidiendo conforme a su propio criterio.
6.3 El Jurado se reunirá previa convocatoria de su Presidente con la presencia de la mayoría de sus miembros.
6.4 El Jurado tiene las más amplias competencias en relación con la valoración de las candidaturas, incluyendo su adecuación a estas Bases. El Jurado podrá dejar desierto el Premio si fundadamente lo estimara oportuno.
6.5 El Jurado podrá solicitar informaciones complementarias para la mejor evaluación de las candidaturas.
6.6 Sin perjuicio de lo dispuesto en estas Bases, el Jurado goza de autonomía para regular su funcionamiento y proceso de toma de decisiones.
7.-VOTACIÓN Y FALLO
7.1 El Jurado elegirá a los premiados por mayoría absoluta de sus miembros. En caso de empate dirimirá el Presidente con voto de calidad.
7.2 Los miembros del Jurado están obligados a guardar secreto sobre las informaciones, datos, informes o antecedentes a los que hayan tenido acceso en el ejercicio de su función, incluso cuando hayan cesado en la misma. La misma regla operará en relación con las deliberaciones y votaciones de candidaturas.
7.3 En caso de conflicto de intereses, los miembros del Jurado deberán abstenerse de sugerir o proponer candidaturas, de participar en las deliberaciones y de votar.
7.4 Los méritos y circunstancias que hayan influido en la adjudicación del Premio se harán públicos.
7.5 Las decisiones del Jurado serán inapelables.
8.-FECHAS DE ADJUDICACIÓN Y ENTREGA
8.1 La candidaturas premiadas se darán a conocer por el Jurado durante la primera quincena del mes de noviembre de 2024.
8.2 La entrega del Premio tendrá lugar en un acto público que se celebrará el 28 de noviembre de 2024, con la presencia del Jurado.
8.3 El Premio será objeto de difusión pública a través de los medios de comunicación.
9.-DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL
9.1 Los candidatos o aquellos terceros que proporcionen información a WomenCeo o al Jurado para evaluar candidaturas, garantizan que la información no infringe derechos de terceros (entre otros, derechos de propiedad intelectual o industrial, de protección de datos u obligaciones de confidencialidad) y que están autorizados a proporcionar la información para los fines establecidos en estas Bases.
9.2 En el supuesto de que la información proporcionada esté protegida o sea susceptible de protección por derechos de propiedad intelectual, derechos afines o derechos sui generis, los candidatos o aquellos terceros que proporcionen tales datos autorizan a WomenCeo a utilizar esa información para los fines establecidos en estas Bases, la difusión del Premio en relación tanto con la edición para la que se considere la candidatura como con futuras ediciones. Esta autorización será de carácter no exclusivo, y no estará sujeta a ninguna limitación de carácter temporal o territorial, por lo que abarca todo el plazo de duración legal de los derechos sobre la información y se realiza para todo el mundo.
10.- PROTECCIÓN DE DATOS
10.1. En cumplimiento con la normativa de protección de datos, se informa a todos aquellos que proporcionen información para evaluación de candidaturas y a los candidatos al Premio que sean personas físicas, que sus datos personales, consistentes en sus datos de contacto y datos profesionales que sean necesarios para la evaluación de su candidatura, serán objeto de tratamiento por parte de WomenCeo, con domicilio en c/ Cronos, 10 28032 Madrid.
10.2 Todos aquellos que proporcionen información para evaluación de candidaturas a los Premios llegado el momento se comprometen a proporcionar únicamente datos e información que sean válidos y reales. Facilitar datos e información que sea falsa o errónea es contrario a las Bases y podrá ser motivo de retirada de la candidatura o anulación del Premio en caso de haberse entregado.
11.-LEY APLICABLE Y FUERO
Estas Bases y los Premios se rigen a todos los efectos por el Derecho común español.
Son competentes los Juzgados y Tribunales de Madrid.
12.-ACEPTACIÓN DE LAS BASES
Todas las candidaturas, por el hecho de presentarse o consentir ser presentados, aceptan estas Bases.